PROCESO VALIDOS PARA TRASLADO EN EL MPPE CLAUSULA 24: TRASLADO (DOCENTES, OBREROS Y ADMINISTRATIVOS)
CLAUSULA 24: TRASLADO.
El Ministerio del Poder Popular para la Educación atendiendo a la estabilidad, seguridad laboral y mejoramiento de las condiciones de vida de las trabajadoras y trabajadores establecidas en: Ley del estatuto de la Función Pública, la Ley del Trabajo, las Trabajadoras y los Trabajadores y el reglamento del Ejercicio de la Profesión Docente, así como a la territorialización de la educación, se obliga en garantizar la tramitación y concesión de traslado al personal administrativo, docente y obrero, en los siguientes casos:
1. Por adjudicación de vivienda en la localidad distinta y alejada de la dependencia de adscripción.
2. En caso de afectación por desastres naturales de cualquier tipo.
3. Situaciones que ameriten y justifiquen la necesaria agrupación del núcleo familiar en una localidad distinta.
4. Por razones de salud previa verificación de la situación alegada.
5. Cambio mutuo de lugar de trabajo acordado entre dos (2) trabajadores o trabajadoras.
6. Inseguridad o integridad física o psicológica del empleado y/o grupo familiar.
El traslado será realizado a un cargo de la misma clase, conservando la categoría y dedicación y sin afección del sueldo básico y los complementos que le puedan corresponder.
El Ministerio del Poder Popular para la Educación se compromete en la celeridad en cuanto a la tramitación de los traslados arriba señalados, quedando entendido que en los casos del personal docente, los traslados no podrán hacerse efectivos en el transcurso del año escolar, a menos que se garantice la continuidad académica de las y los estudiantes.
EL TRASLADO DEBE PEDIRLO EN LA ZONA EDUCATIVA DEL ESTADO DONDE LABORA.
PARAGRAFO PRIMERO: Las trabajadoras y los Trabajadores podrán solicitar traslado que permitan aminorar la distancia entre su lugar de residencia y su lugar de trabajo, los cuales estarán supeditados a las necesidades de servicio.
PARAGRAFO SEGUNDO: El Ministerio del Poder Popular para la Educación realizará durante el año 2017, operativos para acelerar la revisión y tramitación de los traslados bajo los términos establecidos en la presente cláusula.
RECAUDOS A CONSIGNAR
PARA TRASLADOS INTERNOS (MISMO ESTADO)
- PLANILLA DE TRASLADO (LAS DAN EN ZONA):
- CONSTANCIA DE PRESTACION DE SERVICIO
- EXPOSICION DE MOVITO (LA REDACTA USTED)
- CESIÓN DE RECURSO (GENERALMENTE VIENE EN EL FORMATO DE LA PLANILLA DE SOLICITUD).
- ACEPTACIÓN DE RECURSO (EL FORMATO TAMBIEN VIENE EN LA PLANILLA DE SOLICITUD).
PARA TRASLADOS INTERZONA (MISMO ESTADO)
- PLANILLA DE TRASLADO (LAS DAN EN ZONA):
- CONSTANCIA DE PRESTACION DE SERVICIO
- EXPOSICION DE MOVITO (LA REDACTA USTED)
- CESIÓN DE RECURSO (GENERALMENTE VIENE EN EL FORMATO DE LA PLANILLA DE SOLICITUD).
- ACEPTACIÓN DE RECURSO (EL FORMATO TAMBIEN VIENE EN LA PLANILLA DE SOLICITUD).
- ACEPTACION DE TRASLADO INTERZONA:
- CONSTANCIA DE PRESTACION DE SERVICIO
- EXPOSICION DE MOTIVO
RECOMENDACIONES ADICIONALES
- PLANILLA DE SOLICITUD DE TRASLADO (LA DAN EN LA ZONA EDUCATIVA) SAQUE AL MENOS 4 COPIAS
- ULTIMO RECIBO DE PAGO (LO DESCARGA AQUI)
- COPIA AMPLIADA DE CEDULA
- SOLVENCIA LABORAL EMITIDA POR EL DIRECTIVO DEL PLANTEL QUE INDIQUE FECHA DE INGRESO
- CONSTANCIA DE TRABAJO ELECTRONICA
- 2 NUMEROS DE TELEFONOS CELULAR Y FIJO (PARA SER CONTACTO)
- SOPORTES SEGUN AMERITE LA SOLICITUD
- OFICIO DE ENTREGA (ES OPCIONAL PERO LAS PALABRAS SE LAS LLEVA EL VIENTO HAGAN QUE LE FIRMEN ESE OFICIO COMO RECIBIDO Y GUARDELO).
IMPORTANTE:
En los mismos queda prohibido escribir “Cedo el Recurso Físico y presupuestario". Porque los (as) trabajadores (as) no son una propiedad.
Los(as) Directores(as) deben firmar SOLICITUD sin colocar ninguna observación.
* La Zona Educativa notificará a él (la) trabajador(a) si fue beneficiado(a) con la Solicitud mientras debe cumplir sus funciones en la Institución en la cual labora.
* Instrucciones: Los Cargos pertenecen al Ministerio del Poder Popular para la Educación, por razón, ningún Servidor Público debe abogarse el derecho de decidir sobre la Estructura de Cargos de las Instituciones.