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| 2018-04-12, 17:32:33 | ||
SEGUNDA CONVENCIÓN COLECTIVA MINISTERIO EDUCACIÓNCONTENIDO DE LA DESCARGA: SEGUNDA CONVENCIÓN COLECTIVA ÚNICA Y UNITARIA DE LAS TRABAJADORAS Y LOS TRABAJADORES DEL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN 2018 - 2020 DOCENTE, ADMINISTRATIVO Y OBRERO | |||
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Total de comentarios: 2 | |
0 Respuesta: Cuando se firmó el contrato colectivo la condición principal que exigieron los sindicatos y las federaciones era que el salario nunca estuviera por debajo del sueldo mínimo. Pero analizando el contrato colectivo actual no encuentro la cláusula, sin embargo se espera que el ministro Jaua se pronuncie al respecto, ya que en el caso de obreros y administrativos el aumento de sueldo mínimo supone un incremento inmediato de su escala salarial debido a que ellos cobran sueldo mínimo. En el caso de los docentes supuestamente debe estar al menos 40% por encima del sueldo mínimo según el proyecto original del contrato colectivo por otra parte en Octubre supuestamente se espera otro ajuste del sueldo docente pero no esta confirmado aun. Bendiciones y exito, gracias por su visita. Por favor este sitio web ( https://www.trosell.net ) se mantiene literalmente por amor al arte... si le pareció útil este sitio web puede colaborar compartiéndolo en cualquiera de sus redes sociales (claro no es obligatorio pero si una forma de agradecimiento.) | |